Iniciativa de ley garantiza protección de datos personales

*** La iniciativa de ley para la protección de datos personales cuenta con 20 artículos divididos en cuatro capítulos.

El diputado Aníbal Samayoa, del bloque Humanista, presentó una iniciativa de ley para la protección de datos personales, con el objetivo de resguardar de manera legal la identidad de los guatemaltecos y aplicar condenas contra quienes trafiquen o vulneren de manera ilegal este tipo de información.

El parlamentario indicó que la propuesta de decreto busca garantizar el derecho al honor y la intimidad de las personas, con la protección integral de sus datos personales, que se encuentran en archivos, registros, banco de datos u otros medios físicos y electrónicos, sin importar que sean públicos o privados.

“Queremos garantizar que no haya una intromisión ilegal o arbitraria de terceros, sobre el derecho fundamental de la identidad privada; la intensión de esta ley es crear un sistema de proyección de los datos, en el que sea obligatoria una solicitud a la persona, sobre la utilización de su información personal”, agregó el legislador.

Entre los beneficios, el legislador indicó que se fomenta el comercio electrónico legal, se promueve la identidad digital con certeza jurídica y las buenas prácticas de generación de datos con protección.

Asimismo, que varios países de primer mundo cuentan con una ley vigente de este tipo, que garantiza mayor privacidad y utilización indebida de los datos personales.

La iniciativa de ley para la protección de datos personales cuenta con 20 artículos divididos en cuatro capítulos, en su artículo 1 indica que su objetivo es establecer los principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulen la protección de datos personales, considerando su interrelación con la vida privada y demás derechos.

Asimismo, en su artículo 2 contempla que la ley será aplicada a los datos personales que figuren en bases de datos automatizadas o manuales, de instituciones públicas y privadas, así como todas las modalidades del uso posterior de estos datos.

El capítulo II, propone artículos que determinen los derechos y principios para la protección de datos personales, como el derecho al acceso, rectificación, cancelación, oposición y el consentimiento para la utilización de la información personal.

En el capítulo II, el artículo 11 propone la creación de la Unidad de Protección de Datos, la cual será una dependencia adscrita al Ministerio Público (MP) y gozará de independencia funcional, además de carácter profesional y técnico.

Los delitos contra el uso indebido de datos personales están comprendidos en el capítulo IV; el artículo 17 propone reformar el artículo 274 B del Código Penal, que tipifica el ciberdelito con penas de seis a ocho años y multa de Q100 mil a un Q1 millón   a las personas individuales o jurídicas, que sin autorización utilice, modifique o destruya los datos personales.

La iniciativa también en su artículo 1, determina que quien cree registros ilegales o prohibidos con las bases de datos personales, se le impondrá una pena de prisión de cinco a siete años de cárcel y multa de Q50 mil.

Finalmente, el artículo 19 adiciona el artículo 237 B al Código Penal, que califica como delito el uso público de datos personales falsos, el cual impondrá prisión de dos a siete años y una multa de Q100 mil a Q500 mil.

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