Salud publica acuerdo sobre medidas sanitarias

*** Las autoridades reiteran la recomendación del uso correcto de la mascarilla para prevenir contagios.

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 193-2022, el cual presenta las reformas al Acuerdo Ministerial 158-2022, donde se regula el sistema de alertas y disposiciones sanitarias para la apertura de la nueva normalidad. 

Principalmente, las autoridades dieron a conocer que estas medidas son implementadas con el objetivo de evitar el aumento de contagios y transmisión del virus del COVID-19. 

En ese sentido, se informó que es de carácter obligatorio el cumplimiento de las siguientes disposiciones sanitarias:

  • Higiene de manos, ya sea mediante el uso de agua y jabón, así como la desinfección con alcohol líquido. 
  • Distanciamiento físico mínimo de 1.5 metros entre personas, tanto en espacios abiertos como espacios cerrados (esta medida exceptúa a lugares en alerta amarilla y verde) 

Asimismo, es obligatorio el uso adecuado de la mascarilla o tapaboca, independientemente del color de la alerta sanitaria, en los siguientes lugares: 

  • Hospitales públicos y privados, centros de salud, puestos de hisopado y de vacunación 
  • Laboratorios y clínicas médicas 
  • Centros de cuidado y atención de personas de la tercera edad 
  • Transporte urbano y extraurbano 
  • Centros de detención y arresto 

De dicha medida se exceptúa a los menores de 2 años y personas que por su condición médica tengan una contraindicación. 

Sobre todo, el Ministerio de Salud destacó que estas disposiciones se aplican a toda la población guatemalteca, independientemente de haber padecido o no la enfermedad del SARS-CoV-2. 

Mientras tanto, las autoridades recomendaron mantener el uso de mascarilla en los demás lugares, distintos a los mencionados anteriormente. 

Igualmente, en este acuerdo las autoridades locales cuentan con la facultad de incrementar las medidas, mas no disminuirlas, para divulgarlas oportunamente a la población, grupo o jurisdicción. 

Finalmente, indicaron que lo dispuesto entra en vigencia desde su publicación y se reformará tomando en consideración la evolución de la pandemia provocada por el COVID-19.

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