Vigente restricciones de circulación de transporte pesado

*** Esta medida estará vigente hasta el domingo 9 de abril a las 24:00 horas.

Este día entra en vigencia el Acuerdo Ministerial 303-2023, que restringe la circulación de transporte pesado durante la Semana Santa. 

De acuerdo con el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), esta medida toma vigencia a las 12:00 horas y estará en vigor hasta el domingo 9 de abril a las 24:00 horas.

Al respecto, se recordó que esta medida exceptúa al transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas, alimentos y grúas, por ser equipos de servicio. 

Por lo que este transporte podrá circular sin problema y sin necesidad de contar con permisos especiales, únicamente en estas rutas: 

  • Del kilómetro 290 de la ruta CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla
  • Del kilómetro 80 de la ruta CA-09-SUR a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 de la ruta CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 de la ruta CA-09-SUR. 

En caso de que no se cumpla con la disposición contenida en el presente acuerdo, se sancionará de conformidad con las leyes vigentes.

Por otro lado, las autoridades destacaron que estas medidas se tomaron durante la Semana Santa como prevención para evitar accidentes de tránsito. 

De esa cuenta, a través del Sistema Nacional de Prevención en Semana Santa (Sinaprese) se estará brindando atención en todo el territorio nacional. 

Con el objetivo de responder a eventos generadores de situaciones de riesgo, emergencia o desastre, debido a la afluencia de personas que estarán en lugares de recreación y carreteras. 

Por lo que se tendrán cuatro servicios importantes que incluyen: 

  • Seguridad 
  • Salud 
  • Información 
  • Atención vial 

Todo esto con finalidad de salvaguardar la vida de las personas a través de campamentos establecidos y puestos de control que funcionarán de 8:00 a 18:00 horas. 

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