Ley de Leasing, la reactivación económica del país
*** La nueva normativa entra en vigencia el próximo 2 de junio de 2021.
Durante el Primer Período Ordinario del 2021, el Congreso de la República enfocó esfuerzos en la aprobación de leyes económicas, entre estas está la aprobación del Decreto 2-2021, Ley de Leasing, que regulará los contratos de arrendamiento y que permite la opción de compra de los bienes, lo que dará oportunidad al desarrollo de la pequeña y mediana empresa en Guatemala.
El proyecto de ley fue presentado en septiembre de 2015 por los ex congresistas Jesús Antonio Ralda y José Alejandro Arévalo, sin embargo, la IX Legislatura retomó su discusión en julio de 2020 y el pasado 10 de febrero lo aprobó por artículos y redacción final, con 101 votos a favor.
Asimismo, el martes 2 de marzo fue publicada en el Diario Oficial la nueva Ley de Leasing, que también fue impulsada por el Organismo Legislativo para coadyuvar a la reactivación económica del país.
El arrendamiento financiero es un mecanismo que ya se utilizaba ampliamente en el país, pero que ahora cuenta con una regulación específica, y que tiene como finalidad el crear un marco que brinde certeza jurídica a la forma en que se llevan a cabo las operaciones de leasing para de fomentar la inversión y establecer mecanismos de acceso a crédito.
De acuerdo con opiniones del sector financiero, la Ley Leasing da certeza jurídica en las transacciones y un incremento exponencial de operaciones a corto y mediano plazo.
Con base a publicaciones de la Gremial de Leasing, ente adscrita a la Cámara de Industria Guatemalteca (CIG), del total de créditos en el país, unos Q205 mil millones en el 2020, cerca del 4.9% representan operaciones financieras de arrendamiento, el equivalente a Q10 mil millones y apunta que con la nueva ley pueda crecer a mediano plazo entre Q13 mil millones a Q15 mil millones.
“Con la certeza de la ley se puede incrementar entre 30 a 50% las operaciones de negocios con leasing, sobre todo para las pymes, y la razón es que les brinda seguridad a los bancos la recuperación de los activos, y a los empresarios de poder adquirir activos con la cual pueden pagar cuotas y no al contado”, declaró a un medio local Fernando Basterrechea, presidente de la Gremial de Leasin, poco después de la aprobación de la Ley.
En tanto, el Programa Nacional de Competitividad (Pronacom) y el Ministerio de Economía (Mineco), anunciaron recientemente que esta nueva legislación permite fomentar la inversión y establecer mecanismos de acceso a crédito, especialmente para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes).
Además, establecieron que apoya la reactivación económica, pues le permite a las Mipymes, tener acceso a adquirir herramientas, maquinaria y equipos con mejor tecnología, sin necesidad de pagarlo por adelantado.
Asimismo, Pronacom y Mineco determinaron que, en el ámbito económico, la Ley de Leasing permite que las empresas crezcan, lo que genera más oportunidades de empleo y mayor crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB).
Guatemala, con el Decreto 2-2021, se sumó a los siete países a nivel Latinoamérica que tienen esta herramienta legal para su desarrollo y crecimiento económico post pandemia del Covid-19.
DE LA NORMATIVA
La Ley de Leasing contiene 51 artículos y es de gran importancia para el país, ya que anteriormente no existía normativa para regular los contratos de arrendamiento, cuando se trataba de dos figuras jurídicas diferentes.
El congresista Enrique Montano, del bloque Unionista, indicó que el Decreto 2-2021 es de gran importancia para Guatemala, ya que apoya a los pequeños y medianos empresarios, que carecen de capital de trabajo, por lo que se les dificulta adquirir bienes muebles e inmuebles.
“Con esta ley también se ampliará las negociaciones para reducir el déficit habitacional del país, el cual alcanza más de 1 millón 600 mil unidades; la diferencia entre una hipoteca y un Leasing es el enganche”, agregó el parlamentario.